REDEFINICIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN

Por Mtro. Julio César Cué Busto 

Siendo el combate a la corrupción el estandarte principal de la Cuarta Transformación de la República, se le debe dar al Código Penal Federal en sus títulos Décimo y Decimoprimero una rígida revisión a los tipos penales vigentes, para esclarecer la redacción de los textos; así como, ampliar el catálogo de posibilidades que tiene un servidor público para incurrir en hechos de corrupción.

 

En el Congreso de la Unión, están proponiendo para la Suprema Corte de Justicia de la Nación la creación de una sala dedicada exclusivamente a hechos de corrupción, igual valdría la pena sopesar la necesidad de instaurar toda una legislación particular para toda clase de actos relacionados con hechos de corrupción.

Ya existe la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, van a crear una Sala Especializada sobre el mismo tema, sólo faltaría que se elabore un proyecto de normatividad exclusiva en materia de los delitos de corrupción. Los que hemos estado en la brega ministerial, sabemos que en muchas ocasiones se dificultaba concretar la motivación del delito; esto es, cuadrar la conducta atribuida al servidor público con la hipótesis prescrita en el tipo penal.

Porqué pasaba lo anterior, era debido a que las actuales conductas delictivas relacionadas con hechos de corrupción en el servicio público, aparte de tener una redacción compleja, tal pareciera que las posibilidades de acusar a un servidor público federal, se restringen en su gran mayoría a cuestiones administrativas, a resultados de auditorías.

Siendo que en un sentido amplio, las posibilidades de actos de corrupción de un servidor público darían pauta a un catálogo de delitos muchísimo más amplio comparándolo con la lista vigente. Si revisan las sanciones para los delitos de corrupción vigentes observarán que en muchas de ellas para tasar la pena, se basan al daño patrimonial o cantidad de lucro.

Antes de querer redimensionar la lucha contra la corrupción, se tiene que corregir ese gravísimo error heredado del Antiguo Régimen, que por una sola y misma conducta, acción o hecho, tanto administrativa como penalmente sancionan al servidor público.

Perdón por la cantaleta, pero de acuerdo a lo que nos enseñaron en las aulas. Existen tipos de conductas humanas como: las asociales, parasociales y las antisociales. Conductas: Asociales, los ermitaños; Parasociales, los infractores de Reglamentos, faltas administrativas; y las Antisociables, los delitos. A nadie se le puede juzgar dos veces por la misma causa.

Aunque usted no lo crea, existen criterios del Poder Judicial de la Federación, que razonan, "si las dos normas están vigentes, se deben cumplir ambas", así de simple el razonamiento, rompiendo el esquema principal de castigar penalmente solamente a los actos que más afecten a la población, dejando como falta administrativas las acciones que menos lesionen los bienes jurídicos tutelados.

Como prueba de lo mal redactados que están los tipos penales de hechos de corrupción, se sugiere realizar un estudio, sobre cuántas veces se ha utilizado cada una de las hipótesis conductuales que amparan cada delito de corrupción, iba a haber muchas sorpresas; ya que, con seguridad muchas de las fracciones o incisos en su caso, nunca se han utilizado, así de mal esta la proyección de esas conductas delictivas.  

Concluyendo, falta mucho por hacer dentro del universo de la corrupción, una sería blindar por completo la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, y a la Guardia Nacional, no permitir bajo ningún justificante utilicen los Centros de Control de Confianza, ahí está la clave principal, si van a integrar estas dos instituciones con personal seleccionado en base a sus exámenes evaluativos, van al fracaso seguro.

Otras acciones en paralelo, es desinflar el elefante blanco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dándole una reingeniería total. El Sistema Nacional Anticorrupción debe ser desarticulado por completo, se concretó al más puro y tradicional estilo del Antiguo Régimen, representa junto con los Centros de Control de Confianza, factores determinantes de la situación que atraviesa nuestro país, que es una absoluta y total inseguridad pública e impunidad.