REINGENIERÍA TOTAL A LA JUSTICIA PENAL MEXICANA

Por Mtro. Julio César Cué Busto 

Hagamos un análisis práctico del sistema de justicia penal que tenemos, abordemos la responsabilidad de las juezas y jueces. En nuestra práctica normativa por tradición (sin meternos en conceptualizaciones técnicas para no complicar la lectura de la nota), se le obliga a las juzgadoras y juzgadores mantener una actitud pasiva, lo que significa que exaltan a plenitud el principio de imparcialidad.

 

Presiden las y los jueces el proceso coordinando los trabajos de las partes en controversia, por un lado el ministerio público, cada vez menos representante social, y por el otro, los abogados defensores; así como, a otros entes auxiliares de la justicia.

Al final al terminar las diferentes etapas procesales, resuelven por medio de un documento llamado sentencia, si paga el acusado con cárcel su delito, o en su defecto le decretan su libertad inmediata, más o menos esto es lo cotidiano con los pocos procesados que logran las autoridades poner frente a la o el titular del juzgado.

Por lo regular en muchas de estas sentencias, en lo sustantivo de su redacción el ente juzgante manifiesta utilizando un lenguaje demasiado áspero, que el ministerio público no hizo bien su trabajo y que la policía menos, no se salva ni el abogado defensor, sea público o privado, todos fallaron, por lo que no queda otra cosa que impartir justicia con una sentencia absolutoria.

Otra forma clásica para que la justicia resulte denegada es cuando, queda comprobado que el acusado es responsable del delito que le imputan, pero lo dejan en libertad bajo el argumento más recurrido en la actualidad; que es, el incumplimiento de las reglas del debido proceso, porque resulta que el policía o el ministerio público, no cumplieron algún requisito de algún procedimiento o protocolo.

Las hipótesis aquí expuestas pueden tener cientos de variaciones, entonces las preguntas inmediatas son: ¿Esto es Justicia? ¿Cómo explicarle a las víctimas y ofendidos que perdió el ciudadano y ganó el delincuente?

Ahora viene lo interesante, que pasaría si ese juzgador en vez de representar a la justicia en la forma habitual de vendada y con una gran espada, sin olvidar la balanza. Se quita la venda, guarda la balanza y la espada la deja a la mano, y se pone a trabajar desde un inicio para buscar una sola cosa, la verdad legal, que no es otra, que la que se puede comprobar.

Lo que se necesita es un juzgador activo, que su principal encomienda sea llegar a la verdad de los hechos que se juzgan, ordenando o solicitando diligencias que ayuden a descubrir si los imputados son culpables o inocentes. Si las actuales reglas procedimentales nos tienen con ese porcentaje tan alto de impunidad, demos un bandazo fundamental jurídico a la nave de la Cuarta Transformación y corrijamos el rumbo.

En infinidad de ocasiones, nos enteramos que la jueza o el juez, cuando resuelve la liberación de un imputado o procesado, en su resolución manifiesta que le faltó tal diligencia o actuación al ministerio público, qué no hubiera sido más conveniente que dicha autoridad jurisdiccional hubiera ordenado en el momento que sucede la falla o error del servidor público se corrigiera o completara lo que faltó para garantizar la justicia para la víctima y los ofendidos.

Algunas personas todavía continúan defendiendo las modificaciones constitucionales al sistema de justicia penal instituidas en 2008 y puestas en funcionamiento en 2016, pero en la realidad práctica ha quedado claro que fueron y son un fracaso, la sola imitación del derecho anglosajón no fue suficiente.

Se requiere un nuevo proceso penal que sostenga a la Cuarta Transformación que está siendo implementada por el Presidente de México Lic. Andrés Manuel López Obrador; así como, que pueda garantizar las sanciones para las personas que realicen alguna de las nuevas conductas graves que propuso el presidente, y evitar lo que él llamó "Justicia Circular"; esto es, delincuentes entrando a la cárcel para ser procesado y casi de inmediato salen libres, como si la entrada fuera una puerta giratoria.