Necesario que personas físicas hagan su declaración anual antes de que finalice abril

CHRISTIAN GONZÁLEZ/Tuxtla Gutiérrez 

Para evitar ser sancionados, es importante que las personas físicas efectúen su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), antes de que culmine abril, la fecha límite establecida, recomendó Armando González Arroyo, titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), en la delegación Chiapas.

En una entrevista, comentó que la declaración anual la tienen que hacer los contribuyentes de todos los regímenes de tributación, aunque habrá quienes no están obligados, “pero en caso de que el patrón de alguien no la haya hecho, pueden acercarse para recibir apoyo en la Prodecon”.

En muchas situaciones, refirió que, si el usuario presenta un saldo a favor, también se le da el beneficio de la devolución automática, mismaala que accede desde el inicio de abril hasta el último día de julio, siempre y cuando no haya inconsistencias.

Quienes duden si están obligados o no a presentarla, mencionó que pueden acercarse a las oficinas de la Prodecondonde recibirá asesoría presencial y personalizada.

Tras resaltar que la mayor cantidad de visitas que reciben es de contribuyentes asalariados, mencionó que se trata de aquéllos que presentan ingresos por sueldos y salarios, pero también existen por jubilación o por intereses o ambos; en estos dos últimos casos, detalló, siempre y cuando se hayan excedido de un monto superior a los 400 mil pesos en el ejercicio de 2023.

También tienen que presentar su declaración, dijo,quienes cuenten con otros tipos de ingresos: ya sea por arrendamiento, por alguna actividad empresarial, o si de manera simultánea tuvieron dos patrones, pese a que no rebasaran los 400 mil pesos de ingresos.

En esta dinámica, afirmó que sin duda entran aquellos contribuyentes que no laboraron el año completo y, antes del 31 de diciembre (en este caso de 2023), dejaron de ser parte de la nómina para determinado jefe.

Si alguien no hace su declaración en tiempo y forma, comentó que pueden ser requeridos o acreedores a multas, las cuales ―por cada obligación no cumplida― alcanzarían hasta los 16 mil pesos, además de llegar hasta el embargo de cuentas bancarias, o que aparezca en el listado de personas que tienen adeudos fiscales, lo que las limitaría, si es el caso, a participar en alguna licitación, entre otras.

DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS

Para cumplir con este ejercicio anual y ser beneficiado con la devolución automática, el entrevistado sugirió que el contribuyente acumule todos los comprobantes fiscales, es decir que no omita ni uno solo, “porque pudo efectuar alguna operación que no era deducible o también si no hizo el pago en algunas de las modalidades vía transferencia electrónica”.

Inclusive, apuntó, “que el método del pago sea incorrecto al momento de expedir el CFDI; todo ese tipo de elementos, que son importantes, pueden generar alguna inconsistencia”.

Dejó en claro que el contribuyente tiene derecho a solicitar sus devoluciones de los últimos 5 ejercicios (es decir, de los últimos cinco años), pero también puede tener algún requerimiento, inclusive de negativas totales o parciales.

En este último caso, especificó, “se les puede asesorar para cumplir en tiempo y forma, aportar la documentación que sea necesaria, y si la negativa es ilegal, se les brinda la asesoría y defensa de forma gratuita, hasta buscar las últimas instancias para que acceda a ese beneficio”.

LA QUEJA MÁS COMÚN

Uno de los casos que más atiende la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en la entidad es sobre retenedores no reconocidos, es decir todos los comprobantes fiscales que les han emitido o que hayan recibido de forma irregular por parte de sus patrones, expuso.

Mencionó que en el tema de sueldos y salarios han advertido que existen otros supuestos retenedores que las personas físicas desconocen en su totalidad, “por ello se les da la asesoría, se presentan las denuncias ante el SAT, y luego un procedimiento de conciliación de facturas, para efectos de que se cancelen porque el contribuyente desconoce esa relación laboral”.

De enero a la fecha, subrayó que han brindado alrededor de mil atenciones, con más visitas en este mes, “además de las solicitudes presenciales (las cuales se realizan previa cita), tenemos otra vía por correo electrónico, a las que le damos el mismo seguimiento”.

MUCHOS BENEFICIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES

Tras dejar en claro que la Prodecon es un organismo autónomo denominado el “ómbudsperson” en materia fiscal, mencionó que ofrece servicios 100 por ciento gratuitos, por lo que el contribuyente recibe apoyo para la protección de sus derechos fundamentales.

El primer canal de atención, recordó, es el de orientación o de asesoría, para analizar la problemática, es decir desde la no renovación de la firma electrónica hasta el crédito fiscal o la carta invitación.

También se brinda, agregó, el servicio de quejas y reclamaciones, donde se investigan los hechos u omisiones de las autoridades fiscales, como el embargo de cuentas bancarias, el reclamo más común, o por algún crédito fiscal, y en su momento no se revisó el buzón tributario, o se le notificó en el domicilio particular donde ya no vive la persona, pero no lo notificó.

Entre otros beneficios, acotó, está el servicio de acuerdos conclusivos, el cual actúa como mediador entre el contribuyente y la autoridad fiscal, “puede aportar documentación de información adicional al proporcionado dentro del procedimiento de fiscalización”.

O también, añadió Armando González, la persona física puede corregir su situación fiscal con beneficio de la primera solicitud del acuerdo conclusivo, con la reducción del 100 por ciento de multas de fondo y forma, beneficio que, externó, es muy interesante para que corrija, de manera transparente, su declaración.

De todos los casos que la Prodecon atiende al año, sostuvo que, en el caso de quejas o reclamaciones, el resultado es de un 85% de éxito; en el de representación legal fluctúa entre el 75 y 80%, mientras que, en el campo de acuerdos conclusivos, dos de cada tres se suscriben con beneficios tanto para el contribuyente como para la autoridad revisora.