Colaboradores pueden denunciar de manera anónima a patrones que no paguen aguinaldo

María Concepción Hernández Hernández, doctora en derecho.

El no cumplir con lo establecido en la ley conlleva a sanciones. 

Agencia Noticias de Chiapas

Tapachula 

Conforme al artículo 87 de la ley federal del trabajo donde establece la gratificación anual mejor conocido como Aguinaldo, los patrones tienen la obligación de entregar está prestación a sus colaboradores hasta el 20 de diciembre, sin embargo, algunos no la realizan.

Pero está acción conlleva a sanciones mismas que están contempladas por la ley, "efectivamente la ley establece la gratificación anual mejor conocida como Aguinaldo y debe ser entregada antes del día de 20"

Así lo dio a conocer la doctoraen derecho, María Concepción Hernández Hernández.

Las multas van desde 50 hasta 500 Unidades de Medida de Actualización (UMAS) que equivale a 89.62 pesos que más o menos son 4,481 pesos la mínima a $44, 810 pesos la máxima".

"El patrón que tiene un trabajador sabe las obligaciones que contrae y precisamente el aguinaldo es una de esas, el derecho que tiene, ya sea completo o proporcional" dijo.

Agregó, que todos los colaboradores tienen el derecho de denunciar a sus patrones ante las autoridades laborales como los tribunales laborales federales o locales de la región dependiendo a la competencia de la empresa, los centros de conciliación de registro federal o local laboral o la procuraduría federal de la defensa del trabajo.

"De esta forma invitarlos a ellos y que no se vean afectados con las multas que las autoridades aplican" finalizó.