La violencia contra las mujeres en Chiapas

Campaña Popular Contra la Violencia Hacia las Mujeres y el Feminicidio en Chiapas presento el informe “La situación de las mujeres en Chiapas en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género” 

 

Agencia Regeneración

Tuxtla Gutiérrez 

 

Una expresión del movimiento de mujeres en México, denominada Campaña Popular Contra la Violencia Hacia las Mujeres y el Feminicidio en Chiapas, presentó su informe sombra -para contrastar la opinión de la sociedad con las declaraciones de los gobiernos.

 

El informe sombra es presentado en la instancia de la ONU bajo el amparo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer o CETFDCM -CEDAW en inglés-, de las Naciones Unidas firmado en 1979.

En dicha convención se abordan entre otros aspectos relacionados con las mujeres, lo relacionado al concepto de los derechos protegidos.

Los derechos protegidos de las mujeres subrayan las obligaciones de los Estados para con el cumplimiento del ejercicio de derechos.

Así, se señala en el informe que prevalece la violencia estructural, derivado de la situación de alta marginación y pobreza histórica.

El informe sombra para el comité de la Cedaw, se indica que la violencia estructural se relaciona también a la ubicación geográfica de la entidad o los flujos migratorios.

Los integrantes de esta campaña popular agregaron que precisamente en el contexto local de Chiapas, influye en la violencia hacia las mujeres y los feminicidios la política militar del Estado Mexicano que ubica como “estrategia militar contrainsurgente (Guerra de Baja Intensidad).

El documento detalla, entre otros factores que involucrados en crear las condiciones para vulnerar a las mujeres es el discurso y las políticas desarrollistas del gobierno y la persistencia de relaciones laborales serviles y semiesclavistas.

“creando tal complejidad, que coloca en situación de alta vulnerabilidad a las mujeres, especialmente a las indígenas y mestizas pobres”.

En su parte final, el informe le solicita a la instancia auspiciada por la CEDAW, encargada de velar por los derechos de las mujeres, que recomiende al Estado Mexicano el cumplimiento de un conjunto de estandares internacionales en derechos humanos.

Solicitamos al Comité CEDAW recomendar al Estado mexicano:

1. Diseñe e implemente políticas, con perspectiva de género e interculturalidad, que erradiquen la pobreza, marginación y la discriminación estructural que viven las mujeres chiapanecas. Sobre todo:

a. Garantice la plena agencia de las mujeres como objetivo central de las políticas públicas a implementar, contribuyendo a la transformación de las desigualdades de género, clase, edad y etnia.

b. Garantice el acceso universal a servicios de salud, con pertinencia cultural y respeto al derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos. Ch’en Mut, Pom, Tzomolton, C’analumtic, Bejelton, Tulantic, Vololch’ojon, Cruz C’ac’anal, Cruz ton.

c. Incorpore la perspectiva intercultural a los programas institucionales que operan en los municipios indígenas de Chiapas con la finalidad de prevenir la aparición de enfermedades asociadas a la marginalidad.

d. Garantice el respeto y protección del libre ejercicio de la partería y medicina indígenas. Esto implica que el Estado no debe institucionalizar los conocimientos ancestrales de pueblos indígenas por cuanto la certificación de un servicio limita derechos culturales.

e. Asegure la suficiencia y el ejercicio transparente del presupuesto público destinado a la salud en Chiapas, respondiendo al principio de progresividad y no regresión, mejorando y renovando la disponibilidad de instalaciones, abastecimiento de medicamentos y personal médico bilingüe; además de incluir la capacitación continua, monitoreo y evaluación de los trabajadores de salud pública.

f. Articulen a todas las instituciones del Estado en acciones de prevención de la violencia hacia mujeres y niñas. Esto implica involucrar a los servidores públicos, autoridades del sistema positivo y del sistema tradicional para que actúen como agentes efectivos, en los sectores urbanos y rurales, contra la violencia y el feminicidio.

2. Adopte acciones para garantizar una educación sexual de calidad, con pertinencia cultural, enfocada a niñas y adolescentes, que no criminalice, vulnere ni estigmatice la imagen y reputación de las mujeres:

a. Desarrollando una estrategia de protección integral a niñas y adolescentes, con enfoque de derechos de infancia, perspectiva de género e interculturalidad, que les garantice no ser víctimas de agresiones sexuales, matrimonios forzados, embarazos adolescentes, explotación sexual.

b. Fortaleciendo la capacidad de los servidores de salud pública y privada en la Norma Oficial Mexicana 046 para garantizar una atención adecuada a las mujeres, indígenas y migrantes que la necesiten.

c. Garantizando el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en aquellos casos permitidos por la ley.

3. Diseñe e implemente una política migratoria, específica para la frontera sur de México, que informe a las personas en contexto de movilidad sobre los derechos que les asisten (servicios de salud, procuración y administración de justicia, registro civil, educación, trabajo, etc.) a través de sus diversas instituciones del Estado Mexicano:

a. Adoptando acciones, con enfoque de derechos de la infancia, y las perspectivas de género e interculturalidad, para fortalecer la capacidad de los funcionarios de procuración y administración de justicia de Chiapas, y garantizar una atención digna, diligente y libre de estereotipos que permitan resoluciones justas para las mujeres, indígenas, migrantes, niñas y adolescentes evitando la reproducción de la violencia de género.

Las capacitaciones deben estar dirigidas a todo el personal, ser continuas y sujetas a evaluación constante.

b. Adoptando acciones para que el Instituto Nacional de Migración facilite una regularización migratoria pronta y expedita, a las mujeres, niñas y niños en contexto de movilidad, víctimas de algún delito, mediante la implementación de un protocolo de actuación en protección a sus derechos humanos.

c. Generando una revisión legislativa del marco federal y estatal en materia de trata de personas, explotación laboral y explotación de la prostitución ajena para que se reconozca la violencia de género hacia las mujeres migrantes como delito, y evitar convertir a las víctimas en delincuentes. Adoptando acciones para que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) otorgue el reconocimiento de la condición de refugiadas a mujeres, adolescentes y niñas perseguidas a causa de la violencia de género, conforme a los estándares en materia de protección internacional.

4. Genere una reforma agraria que reconozca la tenencia familiar de la tierra, dentro de la propiedad social en México, para garantizar a las mujeres el acceso a tenencia, uso y usufructo de la tierra y los recursos así como la igualdad de derechos en la toma de decisiones.

5. Adopte acciones para que la Fiscalía General del Estado de Chiapas revise los protocolos de investigación de la violencia de género y el feminicidio para incluir la perspectiva intercultural, e investigue toda muerte sospecha de una mujer como un feminicidio.

Esto implica contar con un banco de datos que permita caracterizar la violencia y la situación de vulnerabilidad de la víctima con el objetivo de tener estadísticas confiables que apoyen la construcción de políticas públicas de prevención de la violencia hacia las mujeres:

 Adoptando acciones para resolver y prevenir el rezago en los procedimientos penales que involucran a mujeres indígenas chiapanecas y migrantes centroamericanas en situación de cárcel, así como la lentitud de las instancias jurisdiccionales de Chiapas con el fin de garantizarles un efectivo acceso a la justicia.

6. Asuma con seriedad la implementación en Chiapas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres dada las características de la población sujeto de protección (mujeres, indígenas, marginales, migrantes) que viven los efectos de su histórica exclusión y discriminación.