Muestra experto cómo defenderse ante violación a datos personales

CHRISTIAN GONZÁLEZ/Tuxtla Gutiérrez 

Eliseo Marín, consultor especializado en materia de transparencia y datos personales, manifestó que toda la ciudadanía debería interesarse más en cómo proteger sus datos personales para evitar el mal uso de los mismos o, en su caso, saber cómo defenderse si éstos son utilizados con otros fines.

Dentro de esto, explicó algunas razones por las que se puede denunciar a un Ayuntamiento o a cualquier otro sujeto obligado en caso de incurrir en una irregularidad de esta magnitud.

Basados en el artículo 163 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, recordó que serán causas de sanción por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la materia por actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).

Comentó que también se sanciona el incumplimiento de los plazos de atención previstos en la presente Ley para responder las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO o para hacer efectivo el derecho de que se trate.

Incluso, refirió que es violatorio usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar, total o parcialmente y de manera indebida datos personales, que se encuentren bajo su custodia o a los cuales tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión.

“Dar tratamiento, de manera intencional, a los datos personales en contravención a los principios y deberes establecidos en la Ley; no contar con el aviso de privacidad, o bien, omitir en el mismo alguno de los elementos a que refiere el artículo 27 de la mencionada ley, según sea el caso, y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia”, son otras maneras de incurrir en irregularidades, dijo.

Entre otros detalles, comentó que también pueden ser sancionados cuando clasifican como confidencial, con dolo o negligencia, datos personales sin que se cumplan las características señaladas en las leyes que resulten aplicables. “La sanción sólo procederá cuando exista una resolución previa, que haya quedado firme, respecto del criterio de clasificación de los datos personales”.

Tras explicar otros aspectos sancionables, Eliseo Marín refirió que, en caso de que la presunta infracción fuera cometida por algún integrante de un partido político, la investigación y, en su caso, sanción, corresponderán a la autoridad electoral competente.