“EXPLICACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE POLÍTICA CRIMINAL PARA MÉXICO 2018-2024”, Quinta y última parte.

 

Por Julio César Cué Busto 

La onceava propuesta fue:

“Los operativos policiales en contra del crimen organizado en que participe personal militar, deberán ser supervisados y coordinados por personal civil. Ningún mando militar en activo podrá ocupar responsabilidades civiles, a excepción de los que se encuentren en retiro con más de seis años otorgado.”

 

No se le puede dejar solos al personal militar en operativos, no porque se les tenga desconfianza, sino por falta de experiencia en los menesteres civiles, no saben redactar los informes o el levantamiento de actas, existiendo una abismal diferencia entre documentos civiles de los militares, por lo que prácticamente se condena al fracaso cualquier operativo que realice el personal militar sino van acompañados de una autoridad ministerial, como se ha constatado en múltiples ocasiones y a últimas fechas. 

No estamos hablando de un problema logístico, el origen es la negativa permanente del personal militar a ajustar sus procedimientos a las necesidades estructurales de la seguridad pública y la administración de la justicia, aunque suene muy simple, el personal militar debe atenerse al mando civil en operativos de seguridad pública y procuración e impartición de justicia.

Mantener al personal militar realizando funciones relativas a la seguridad pública, no es la respuesta para reconquistar la tranquilidad ciudadana, eso nos debe quedar muy claro. Los soldados con su disciplina, lealtad y valentía, han servido de fuerza contenedora para evitar que territorios completos del suelo nacional, queden en manos del crimen organizado, pero lo que también es innegable, es que día con día aumentan las probabilidades de contaminación.

La doceava propuesta fue:

“El personal de la policía nacional en funciones de investigación, deberá estar dirigido y coordinado por el representante social federal en tratándose de esa competencia; así mismo al estar prestando servicios del fuero común, se ajustará a los procedimientos propios del representante social de las entidades federativas.”

Esta política criminal que se propone es en el supuesto hipotético, que se desaparezcan las policías preventivas de las entidades federativas y de los municipios, y se creé una policía nacional, que contenga en sus divisiones o áreas de responsabilidad, vigilancia preventiva, apoyo de investigación, cumplimiento de ordenamientos judiciales, control de multitudes, traslados de reos y vigilancia penitenciaria, entre otros.

Para toda investigación de delitos la policía nacional se tiene que sujetar a la conducción y mando del Ministerio Público, por lo que no es correcto que “inventen” en instituciones policiales áreas exclusivas para la investigación de delitos como sería el caso de laboratorios en criminalística u oficinas dedicadas a la escucha telefónica.

El 21 constitucional es claro al facultar a la policía en la investigación de delitos, siempre y cuando realice esa función bajo el mando del Ministerio Público, lo que significa que no puede realizar ninguna investigación delictiva, si no se lo ordena el representante social responsable de la procuración de justicia.

Resulta necesario analizar a plenitud las circunstancias específicas que atraviesan al país, con un reconocimiento previo y total de las fallas históricas, para después fijar las metas y objetivos que se quieren lograr, y en base a lo anterior, fijar las políticas criminales que se necesitan implementar para lograr los resultados deseados, lo cual redundaría en una planificación adecuada y programada, pero sobre todo ajustada a la cruenta realidad que hoy en día vivimos.