Emite IEPC protocolo para prevenir acoso laboral y sexual

POR MANUEL MONROY

Tuxtla Gutiérrez 

El consejero presidente del IEPC, Oswaldo Chacón Rojas, dio a conocer que el organismo que preside aprobó, a través de su Junta General Ejecutiva, la emisión de un protocolo para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento y acoso sexual o laboral, como una herramienta para brindar atención a la presunta víctima de este tipo de conductas.

 

La normatividad –dijo- será de observancia general para todo el personal del órgano electoral y se deriva de la necesidad de contar con herramientas concretas para llevar a cabo acciones efectivas que abonen a la prevención y atención de posibles casos de hostigamiento.

“Mujeres y hombres tienen derecho a trabajar en un entorno libre de violencia y con la certeza de que ese tipo de conductas no serán toleradas, por lo que este protocolo garantizará la actuación inmediata ante un posible caso y la aplicación de las medidas que correspondan”, dijo

Detalló que el protocolo prioriza la no revictimización y considera entre sus principios rectores: la no tolerancia de conductas de hostigamiento y acoso sexual o laboral, igualdad de género, confidencialidad, presunción de inocencia, prohibición de represalias, integridad personal, el respeto, protección y garantía de la dignidad y el principio pro-persona.

Señaló asimismo que el ordenamiento establece el procedimiento a seguir en el caso de presentarse alguna situación de acoso u hostigamiento. “Incluye criterios de actuación para la prevención de prácticas de violencia de género y discriminación, el ámbito de acción y los principios que deberán regir la atención de las víctimas”, anotó.

En resumen –afirmó Chacón Rojas- busca instalar medidas específicas para prevenir conductas de hostigamiento y acoso sexual o laboral en las diferentes áreas del IEPC, y promover una cultura institucional de igualdad de género”.

Para finalizar subrayó que desde una perspectiva de género y en cumplimiento a normas nacionales como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, las conductas de hostigamiento y acoso se consideran como una forma de violencia en el ámbito laboral.

“Ante ello es necesario establecer acciones para prevenir y atender este tipo de conductas además de determinar como causa de responsabilidades en materia administrativa el incumplimiento de etas normas”, destacó.