El nuevo titular de Prisiones Federales

Su actuación en la consolidación de la Ley Nacional de Ejecución Penal  

Por: Mtro. Julio César Cué Busto 

El cambio constante de servidores públicos en nada beneficia a las instituciones, el OADPRS desde que inició el sexenio del Lic. Enrique Peña Nieto, no ha sido la excepción, han pasado como titulares de esta institución carcelaria federal, cinco comisionados: Eduardo Enrique Gómez García, José Luis MusiNahmias, Juan Ignacio Hernández Mora, Eduardo Guerrero Duran y el actual, y recién nombrado José Alberto Rodríguez Calderón. 

 

Se debe considerar que cada uno de ellos hizo su mejor esfuerzo para llevar el navío a buen puerto, con aciertos y errores, algunos con más errores que aciertos, pero lo que es inobjetable es que no está preparado el Sistema Penitenciario Nacional para hacer cumplir la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEJ). 

Se deben implementar políticas nacionales para instaurar el nuevo Sistema Nacional Penitenciario, ¿contra qué se lucha? Simplemente contra una cultura penitenciaria arcaica y arraigadísima, de maltrato permanente de las personas privadas de su libertad (PPL), la mayoría del personal penitenciario que pulula en todo el país, creen que su principal obligación, es estar violentando los derechos fundamentales de los internos. 

Lograr ese cambio de mentalidad no se va a conseguir de la noche a la mañana, se deben crear Unidades de Supervisión, esto es áreas de Visitadurías Penitenciarias, para que con un estricto plan de trabajo, se logre lo que la constitución federal nos obliga en su artículo 18, “El Sistema Penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, …”, nada más, nada menos. 

En la LNEJ, en su artículo 4 último párrafo a la letra dice, “Reinserción social. Restitución del pleno ejercicio de las libertades tras el cumplimiento de una sanción o medida ejecutada con respeto a los derechos humanos”. 

El Código Penal Federal (CPF) en su artículo 99, nos indica que, “La rehabilitación tiene por objeto reintegrar al sentenciado en los derechos civiles, políticos o de familia que había perdido en virtud de sentencia dictada en un proceso o en cuyo ejercicio estuviere en suspenso. 

Si observan, el concepto de Reinserción Social y la figura legal de la Rehabilitación, tienen un significado similar; esto es, que el interno (reo) es restituido del pleno ejercicio de las libertades, al cumplir la sanción en la normativa penitenciaria. Misma situación que se utiliza para conceptualizar la Rehabilitación, el CPF manifiesta que se le reintegran al sentenciado todos sus derechos una vez cumplida la pena de prisión. 

Con esta simpleza, ni siquiera pudieron conceptualizar correctamente el término Reinserción Social; por lo que deja mucho que desear por la falta de conocimiento y experiencia teórico práctica, de todas las personas que participaron en la elaboración de la Ley Nacional de Ejecución Penal. 

No se ha podido derrocar al viejo sistema, infinidad de penitenciaristas, se aferraron a darle similitud a la desechada Readaptación Social con la novedosa Reinserción Social, ¿en qué consistió el cambio?, ¿qué se buscó con ese cambio de palabras?, técnicamente era que como se dice coloquialmente “se le bajara dos rayitas” a la pretensión de readaptar personas por medio de tratamientos. 

¿Qué es la Reinserción Social? ¿en qué consiste?; la respuesta es sencilla, es que se le apliquen a los internos unos programas específicos, para que le faciliten su reingreso a la sociedad, esto por medio de diversos instrumentos y su aplicación debe ser faltando un porcentaje determinado de su sanción privativa de la libertad, o incluso durante el periodo de su preliberación, o en su defecto, aunque ya esté cumplida la sentencia de prisión, puedan contar con planes de apoyo gubernamentales para una verdadera reinserción social tomada ésta como el reingreso a la comunidad de un sentenciado.  

Realizar más críticas severas a la redacción de la LNEP, no es parte del presente análisis, sino que, con la experiencia práctica en Centros Federales de Readaptación Social (Ceferesos), se pueda ir ajustando de manera más sencilla, la consolidación de centros penitenciarios acoplados a las necesidades de la reforma penal de juicios garantistas, de un sistema acusatorio y oral. 

Lamentablemente, en lo que toca a los Centros Federales fue un error garrafal de la administración de Eduardo Guerrero Durán, el haber designado directores generales de los Ceferesos; así como, coordinadores de centros federales, y de readaptación social, a personajes con la única experiencia laboral en centros de reclusión de entidades federativas. 

Ya que, la batalla diaria en los Centros Federales, consiste en la lucha permanente por erradicar los vicios tradicionales de los reclusorios estatales, costó muchos años de esfuerzo cotidiano para que desde los primeros centros federales se quitaran los vicios e inadecuadas costumbres del personal que venía con la experiencia de haber trabajado solamente en los centros carcelarios estatales. 

¿Qué sucede en la actualidad en el Sistema Penitenciario Federal?, fatídicamente, al tener en su gran mayoría nombrados como directores generales de los Ceferesos, en base a la única experiencia operativa de Centros de Readaptación Social (Ceresos) locales, todos estos personajes están contaminados de lo que ya se había logrado erradicar en gran parte (tampoco hay que pecar de iluso), la batalla es constante y permanente para evitar prácticas ilegales. 

El experimento falló, no dudo que sus objetivos eran los mejores en un inicio de la administración del hoy excomicionado Eduardo Guerrero Durán, pero la conducción de un Centro Federal Penitenciario tiene una diferencia abismal con la administración de centros de reclusión de las entidades federativas. 

Lo que va a enfrentar el nuevo comisionado José Alberto Rodríguez Calderón, es una cultura anquilosadas de la violación sistematizada de derechos humanos de los internos, la exigencia actual es ir al parejo con esa trascendental reforma de la justicia procedimental en materia penal, que inició en junio del 2008. 

No se debe quedar atrás el Sistema Penitenciario Nacional de los avances y consolidación de los juicos acusatorios y orales; no puede ser que en su experiencia personal de los procesados se vaya afianzando los juicios garantistas, pero al salir del espacio jurisdiccional, sea víctima permanente de las prácticas nocivas e ilegales de espacios penitenciarios que no respeten los derechos humanos de los que se encuentran sufriendo prisión preventiva por un procesamiento, o ya en pleno cumplimiento de una pena de prisión.  

Uno de los principales retos del Sistema Penitenciario Federal es garantizar el respeto absoluto de los derechos humanos, traducido eso en una vivencia respetuosa de su dignidad a la que tienen derecho cualquier ser humano.