Por 'tramposo' tiran candidatura a independiente en Chiapas

El IEPC cancela a Lenin Ostilio Urbina registro para contender por gubernatura; presenta irregularidades en cédulas de firmas ciudadanas; algunas correspondían a difuntos

Nota y foto: Excélsior

CHIAPAS

El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas declaró improcedente la candidatura independiente al cargo de gobernador de Lenin Ostilio Urbina Trujillo por diversas irregularidades en las cédulas de firmas de apoyo ciudadano.

 

En un comunicado, el presidente de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, el consejero electoral Gilberto de Guzmán Bátiz García, detalló que 2 mil 198 personas declararon no haber apoyado al aspirante, de 2 mil 432 ciudadanos no se encontraron por la lejanía que ello implicaba y el difícil acceso, además, de la falta de recursos humanos y económicos que este Instituto tuvo para llevar a cabo dicha afronta.

Únicamente 294 dijeron sí haber apoyado el aspirante. El 88% de las personas que se entrevistaron, manifestaron no haber brindado dicho apoyo. Es de resaltar que sólo se pudo visitar al 68% de los domicilios, sin que se deje de lado el derecho de audiencia que el candidato tuvo para la verificación de esta documentación”, señaló.

La conducta irregular atribuida a Urbina Trujillo, fue por la presentación de 36 copias de credencial de elector con fotografía y cédula con firma de apoyo ciudadano que pertenecían a personas fallecidas.

Además, 7 bajas por cancelación de trámite; 1 baja por datos irregulares; 5 bajas por duplicado en el padrón; 2 bajas por suspensión de derechos; 19 repetidos; 78 registrados en padrón, no así en lista nominal; 92 fuera del ámbito geográfico.

En tanto, 2 mil 190 manifestaciones de no haber apoyado al aspirante de 4 mil 924 visitas, esto es, 44.63 por ciento de las visitas, incluyendo 2 mil 432 ciudadanos que no se hallaron. Además, en estas visitas se localizaron, de las 36 iniciales, otras 8 personas fallecidas que se dijo, prestaron su apoyo al aspirante.

Al respecto, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas destacó que el 95 por ciento de ciudadanos negaron haber dado este apoyo a los aspirantes.

El punto es razonar que las irregularidades que se presentaron son lo suficientemente graves como para cancelar el derecho al sufragio pasivo o no. Este tipo de situaciones por difíciles que sean, estamos obligados como autoridad electoral a tomar decisiones firmes y contundentes, de tal suerte que en los próximos procesos electorales este tipo de prácticas se vayan erradicando”.

Por su parte, la consejera electoral Blanca Estela Parra Chávez, señaló que este órgano electoral constató una violación grave, ya que, de acuerdo a la constancia que obra en el expediente administrativo del Procedimiento Especial Sancionador, presentó información falsa de manera intencional para obtener de manera irregular su registro como candidato independiente a gobernador del estado.

Se indicó que, del resultado de las verificaciones domiciliarias, Urbina Trujillo es plenamente responsable del incumplimiento a los artículos 109 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana y 46 y 57 de los Lineamientos que Regularán el Procedimiento para el Registro de Candidaturas Independientes al cargo de Gobernador.

Por lo anterior, se impone a Lenin Ostilio Urbina Trujillo como sanción la cancelación del registro de candidato a Gobernador del estado, que había quedado condicionado a la culminación de la verificación del Apoyo Ciudadano, en el Acuerdo número IEPC/CG-A/054/2018, del 29 de marzo de este año.

El pleno también aprobó la resolución respecto del Procedimiento Especial Sancionador, iniciado en contra de Horacio Culebro Borrayas, por la conducta realizada durante el periodo para la captación de apoyo ciudadano del 18 de enero al 24 de marzo de este año, dentro del periodo autorizado y ampliado para esos efectos por el Consejo General del IEPC, para el Registro de Candidaturas Independientes al cargo de Gobernador.

La conducta irregular obra en la presentación de 62 cédulas de apoyo ciudadano de personas fallecidas; 148 cédulas que no se encontraban en la lista nominal, solo en padrón electoral; 333 cédulas fuera del ámbito geográfico electoral; 120 cédulas duplicadas; y de 1,828 cédulas de ciudadanos que manifestaron no haber otorgado su apoyo al ciudadano denunciado.

Culebro Borrayas será acreedor a una multa cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a razón 80 mil 60 pesos, que equivale a 403 mil pesos.

El IEPC califica de graves las conductas de Lenin Ostilio Urbina Trujillo y de Horacio Culebro Borrayas, por atentar contra las leyes electorales al momento de recabar el apoyo ciudadano.