Libertad absoluta para ex Consejera Electoral

La SCJN resolvió que no había delito que perseguir

La Doctora María del Carmen Girón López fue absuelta



Por Enrique Vázquez Palacios
Tuxtla Gutiérrez 

Luego de enfrentar una seria acusación, que tardó varios meses en ser resuelta, el 2º. Tribunal Unitario de Apelación, en cumplimiento a una resolución ejecutoria, emitida por el 2º. Tribunal Colegiado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), absolvió a la Doctora María del Carmen Girón López, ex Consejera del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), de las temerarias e infamantes acusaciones que en contra de ella y todos los ex Consejeros del IEPC, hiciera el ex Fiscal Electoral, Santiago Nieto Castillo, que irónicamente fue contratado por el titular del IPEC, Oswaldo Chacón y los actuales Consejeros, para desempeñar el cargo de asesor.
Tras ser notificada de las acusaciones en su contra, la Doctora Girón López recurrió a la defensa de sus derechos constitucionales por los hechos prefabricados de índole penal, hasta que finalmente demostró con eficacia los errores institucionales que existían en el proceso, unos de naturaleza administrativa jurisdiccional y otros de índole judicial jurisdiccional, provenientes de distintas oficinas de gobierno, entre los que destacaron primeramente los Consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenaron la ilegal destitución de sus homólogos del IEPC.
Por si fuera poco, los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal, ordenaron y confirmaron el acto ilegal de la destitución de todos los Consejeros Electorales y dieron vista al Ministerio Público para que se iniciaran las Carpetas de Investigación ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), cuyo inepto y destituido titular Santiago Nieto Castillo, basado en investigaciones del todo falsas y otras de frágiles elementos probatorios, ejercitó la acción penal y solicitó las correspondientes órdenes de aprehensión en contra de todos los Consejeros Electorales, cuyo resultado fue que el Juez de Distrito validara la infamia y librara las correspondientes órdenes de aprehensión, a la vez que emitía un anticonstitucional Auto de Formal Prisión, los que posteriormente fueron revocados.
Cabe señalar que a pesar de que los dos Tribunales Unitarios confirmaron el Auto de Formal Prisión y negaron los amparos solicitados, sus ilegales resoluciones fueron revocadas por anticonstitucionales por el 2º. Tribunal Colegiado, quien a final de cuentas les sostuvo que no existía ningún delito que perseguir en contra de la Doctora María del Carmen Girón López, por lo que derivada de sus nefastas actuaciones, ha quedado demostrado que incurrieron en claras conductas de responsabilidad oficial.
Por tal razón, la defensa de la Doctora María del Carmen Girón López procederá a presentar demandas de resarcimiento de daños y perjuicios causados en su agravio, ocasionados por la clara violación a sus derechos humanos, particularmente del principio de presunción de inocencia.