Legisladores locales ‘candidatos’ no pueden hacer campaña en días y horas hábiles

Tuxtla Gutiérrez.- De acuerdo con el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los funcionarios públicos en la figura de: secretario general de gobierno, magistrados y jueces federales y del estado, al igual que los presidentes municipales o titulares de las delegaciones (en el caso del Distrito Federal) que buscan participar como candidatos para ocupar un puesto de elección popular, están obligados a separarse de sus cargos 90 días antes de la fecha de las elecciones.

 

En caso de no cumplir dichas disposiciones, estarían faltando a los requisitos que la constitución señala para aspirar a otro cargo, en este caso a una diputación federal, que es el proceso que actualmente se vive en el país y que culminará con las elecciones el próximo 7 de junio y para Chiapas un segundo proceso que concluirá el 19 de julio, pues será el único estado del país que tendrá sus elecciones locales en esas fechas. 

En ese sentido, Edgar Humberto Arias, delegado del Instituto Nacional Electoral (INE), explicó que los diputados locales que hayan aspirado a ser candidatos para ocupar una curul federal no están obligados a separarse de sus cargos para cumplir con los requisitos constitucionales.

“Pero aquí vemos un problema práctico, en su calidad de legisladores son funcionarios públicos y por lo tantos están obligados a observar el principio de imparcialidad, de tal forma que se encuentran impedidos prácticamente de llevar a cabo acciones de campañas para promover a un partido o su propia candidatura durante los días y horas hábiles…”, explicó.

 

De esa manera explicó que aquel legislador local ‘candidato’ a una diputación federal  que se encuentre haciendo alguna campaña dentro de su horario laboral estará infringiendo la ley y la constitución, por lo que las autoridades electorales tendrán que intervenir para iniciar un procedimiento de sanción.