Expresiones vulgares e impropias son aceptadas en spots de televisión

Tuxtla Gutiérrez.- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) calificó como no ofensivas y permitidas las expresiones utilizadas por el partido Nueva Alianza en spots de televisión.

 

De acuerdo al Procedimiento Especial Sancionador PSC-41, en el que cuatro ciudadanos por su propio derecho denunciaron ante esta instancia la difusión de cuatro spots de televisión de este partido donde se utiliza un discurso discriminatorio, un lenguaje misógino e impropio y recurre a la utilización de expresiones vulgares.

En este sentido la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello comentó que este asunto se trata de un escenario en donde se hace una ponderación de la libertad de expresión, mismo en el que se alega que se refuerzan estereotipos de distintas personas por cuestiones de género, condición socioeconómica y el uso de las expresiones que se utilizan.

Destacó que los partidos políticos tienen el uso constante, de acuerdo a la Constitución, de los medios de comunicación social como una prerrogativa, “no tienen ninguna limitación, salvo que sus comerciales calumnien a las personas”. Esto en referencia específicamente a los spots de televisión denominados Mujeres y Jóvenes, donde se utilizan las expresiones “una madre soltera, se rompe la madre” y “¡A huevo!”, respectivamente.

Mencionó que a los cuatro denunciantes les parece que este discurso es discriminatorio, es misógino, es impropio, tiene estereotipos y expresiones que son consideradas altisonantes y no se acostumbra.

Aseveró que en la tesis titulada “Libertad de Expresión”, de la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sostiene que las expresiones ofensivas y oprobiosas son aquellas que conllevan un menosprecio personal o una vejación injustificada.

Sin embargo si bien la Constitución no reconoce un derecho al insulto a la injuria gratuita, tampoco veda expresiones que puedan resultar inusuales, alternativas, indecentes, escandalosas, excéntricas o simplemente contrarias a las creencias y posturas mayoritarias.

En consecuencia, las expresiones ofensivas u oprobiosas no deben confundirse con críticas que se realicen con calificativos o afirmaciones fuertes, pues la libertad de expresión resulta más valiosa ante expresiones que puedan molestar o disgustar.

Entonces para que se limite la expresión, estas expresiones deben de ser ofensivas u oprobiosas, entendiendo como la expresión y los conceptos que se dan es lo oprobioso, es la ignominia, afrenta y deshonra. Ofender es humillar o herir el amor propio y la dignidad.

 

Finalmente indicó que puede gustar o no gustar, pero como el lenguaje no tiene el exceso en ser ofensivo, impertinente, humillante o que atienda a cierta dignidad humana en forma individual, entonces se debe de privilegiar esa liberalidad y están dentro del marco de la libertad de expresión.